Por ing. Hernán Hernández.
Mucho hemos comentado sobre las normas que aplican a instalaciones eléctricas y los productos que las conforman. Para abordar este tema situémonos en un lugar común: una vivienda, donde existe un sistema eléctrico que está formado por diferentes productos y artefactos orientados a alimentar las cargas de forma segura para el usuario.
Como bien sabemos, la instalación eléctrica en sí deberá estar conforme a la NOM 001 SEDE, en tanto que los artefactos instalados deben estar certificados bajo la NOM 003 SCFI, sin embargo las normas de producto que les aplican son varias.
Conductores
Primero, la conducción se realiza a través de cables eléctricos, éstos son evaluados mediante la NMX-J-010-ANCE que brinda las especificaciones para los conductores monoconductores y multiconductores con aislamiento termoplástico para 600 V que se utilizan en instalaciones eléctricas.
Interruptores de uso general
El control para encender y apagar una lámpara se realiza por medio de un apagador, para este caso la norma de producto, es decir la NMX-J-005-ANCE, lo denomina de forma técnica como interruptores de uso general, en ella se indican los requisitos aplicables a estos artefactos que se operan manualmente en corriente alterna con tensión asignada no mayor que 440 V y corriente asignada no mayor que 63 A, destinados a las instalaciones eléctricas domésticas e instalaciones eléctricas fijas similares, para uso interior o exterior.
Portalámparas
La NMX-J-024-ANCE-2005 establece las características constructivas, condiciones de operación, marcado y métodos de prueba de cada una de las clases de portalámparas roscados tipo edison que se mencionan en la misma. Esta norma aplica a portalámparas de baja tensión para alumbrado en general con tensión nominal hasta 600 V c.a. y 250 V c.d., y portalámparas para lámparas de vapor de sodio de alta presión con picos para el encendido con múltiplos de 1 kV. Es importante mencionar que esta norma no aplica a portalámparas para series de navidad, artefactos y luminarios de temporada navideña, radiación de calor, aparatos de proyección y otros tipos de portalámparas que no se especifican en esta norma.
Vale la pena mencionar normas adicionales, como por ejemplo la NMX-J-325-ANCE que establece las especificaciones y métodos de prueba para los portalámparas que se usan para la instalación de lámparas fluorescentes lineales. Esta norma aplica a los portalámparas con potencia desde 75 W hasta 660 W diseñados para utilizarse en lámparas fluorescentes con tensión de 2 500 V o menos, durante el arranque u operación normal.
Luminarios
La NMX-J-578-ANCE-2006 aplica a lámparas fluorescentes compactas autobalastradas (LFCA) que se comercializan en nuestro país, con tensión de alimentación nominal entre 100 V c.a. y 277 V c.a. a 50 Hz o 60 Hz para utilizarse con base roscada tipo edison: E12, E14, E26, E27, E39 y E40. En una casa se pueden tener lámparas o luminarios. Para estos últimos, la NMX-J-307- ANCE es aplicable a los luminarios que se alimentan con energía eléctrica para uso en interior y exterior, así como para señalización y emergencia. Su campo de aplicación está definido en función de las propiedades de uso y empleo de los luminarios, por lo que aplica independientemente de las características descriptivas o de diseño de la fuente luminosa, es decir incandescencia, descarga en gas, a través de diodo emisor de luz, semiconductor o elemento de estado sólido u otra fuente luminosa artificial.
Atenuadores
La aparición de las lámparas y luminarios que permiten el control de su brillo mediante un control de atenuación ha requerido un documento donde se especifiquen los requisitos para estos controles: la NMX-J-374-ANCE permite evaluar que los atenuadores (dimmers) estén construidos de forma tal que ofrezcan seguridad para el usuario.
Clavijas y receptáculos
La NMX-J-412/1-ANCE aplica a clavijas y receptáculos fijos o portátiles únicamente para corriente alterna, con o sin contacto de puesta a tierra, con una tensión asignada mayor que 50 V pero no mayor que 480 V y una corriente asignada no mayor que 32 A.
La corriente asignada se limita a 16 A máximo para receptáculos fijos que se proporcionan con terminales sin tornillo.
Como sabes, en una instalación residencial se instalan protecciones de falla a tierra; en el caso de los contactos que incorporan esta protección, la norma mexicana aplicable es la NMX-J-520-ANCE, sin embargo actualmente no existen laboratorios acreditados que puedan realizar el tren de pruebas. Dado lo anterior, la NOM 003 SCFI indica que debe aplicarse la norma general que para este caso es la NMX-J-508-ANCE, la cual establece los requisitos de seguridad aplicables a los artefactos eléctricos, en función de las propiedades de uso y empleo de los productos, más que en función de su diseño o de sus características descriptivas.
Interruptores ICFA
La NMX-J-638-ANCE indica los requisitos particulares para Interruptores de Circuito por Falla de Arco (ICFA) del circuito derivado/alimentador, del circuito de salida, de tipo portátil y de tipo cordón, que se destinan para utilizarse en unidades de vivienda. Sin embargo, no puede aplicarse aún por la misma razón anteriormente expuesta: no existen laboratorios acreditados que puedan realizar el tren de pruebas.
Es importante mencionar que estos artefactos se destinan a mitigar los efectos de fallas de arco que pueden representar un riesgo de ignición de fuego bajo ciertas condiciones, por lo tanto se aplica de nueva cuenta la NMX-J-508-ANCE para su evaluación.
Es claro entonces que la variedad de normas aplicables es amplia, por lo que instalar productos certificados es importante para mantener la seguridad. En futuras ediciones retomaremos el tema, ya que se ha cubierto solamente una parte de las normas que evalúan los artefactos eléctricos que comúnmente se instalan en los hogares de México.
Seguir capacitandome para estar mejor preparado para la seguridad de mi y de mis clientes y amigos bendiciones y gracias
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