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Condiciones de seguridad en centros de trabajo

Condiciones de seguridad en centros de trabajo

Instalaciones seguras

Condiciones de seguridad en centros de trabajo

Uno de los fines que se busca al implementar procedimientos a seguir es la seguridad en los centros de trabajo, lo que garantiza la integridad de las personas y la correcta operación del lugar.

Por: Ing. Hernán Hernández

Se iniciará este tema explicando que son considerados centros de trabajo todos aquellos lugares tales como edificios, locales, instalaciones y áreas en las que se realicen actividades de producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, o en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.

Establecer las condiciones de seguridad en estos sitios para su adecuado funcionamiento y conservación con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores, es función directa del patrón, verificado o asesorado por la autoridad competente en la materia.

Son varios puntos a implementar para evitar condiciones inseguras que -dicho sea de paso- es una circunstancia física peligrosa en el medio en que los trabajadores realizan sus labores (ambiente de trabajo), y se refiere al grado de inseguridad que pueden tener los locales, la maquinaria, los equipos y los puntos de operación.

Una de las actividades que ayudan de forma eficaz a prevenir estos riesgos son el mantenimiento preventivo y correctivo para realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones de los edificios, locales, instalaciones y áreas.

Como principal objetivo, el patrón tiene la obligación de conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo, para que no representen riesgos. Para lograrlo tiene las siguientes obligaciones:

– Realizar verificaciones oculares cada doce meses. Se pueden hacer por áreas para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados. Los resultados de las verificaciones deben registrarse a través de bitácoras, medios magnéticos, electrónicos o en las actas de verificación de la comisión de seguridad e higiene, mismos que tienen que conservarse por un año y contener al menos las fechas en que se realizaron las verificaciones, el nombre del área del centro de trabajo que fue revisada y, en su caso, el tipo de condición insegura encontrada, así como el tipo de reparación realizada.

– Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo y –si así se requiere- realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones que garanticen la seguridad de sus ocupantes. De estas acciones nuevamente se deben registrar los resultados con las mismas opciones de almacenamiento y tiempo que las mencionadas anteriormente.

– Contar con sanitarios (retretes, mingitorios, lavabos, entre otros) limpios y seguros para el servicio de los trabajadores y -en su caso- con lugares reservados para el consumo de alimentos; dependiendo el tipo de labor o si se requiere la descontaminación del trabajador, contar con regaderas y vestidores igualmente limpios y seguros. Es responsabilidad del patrón establecer el tipo, características y cantidad de los servicios así como proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades.

– Si fuera el caso, las áreas de producción, de mantenimiento, de circulación de personas y vehículos, las zonas de riesgo, de almacenamiento y de servicio, se deben delimitar de tal manera que se disponga de espacios seguros para la realización de las actividades de los trabajadores que en ellas se encuentran.

Tal delimitación puede realizarse con barandales; con cualquier elemento estructural; con franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho, pintadas o adheridas al piso; o por una distancia de separación física.

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

Por su parte, los trabajadores tienen tres obligaciones principales y muy importantes:

  1. Informar al patrón las condiciones inseguras que detecten en el centro de trabajo.
  2. Recibir la información que proporcione el patrón para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades en el centro de trabajo, incluidas las destinadas al servicio de los trabajadores.
  3. Participar en la conservación del centro de trabajo y dar a las áreas el uso para el que fueron destinadas, a menos que el patrón autorice su empleo para otros usos, a fin de lograr entre patrón y trabajadores que el centro de trabajo esté en condiciones de orden y limpieza permanentes, así como en pasillos exteriores a los edificios, estacionamientos y otras áreas comunes, de acuerdo al tipo de actividades que se desarrollen.

Cabe mencionar que en centros de trabajo donde laboren personas con capacidades diferentes, las puertas, vías de acceso y de circulación, escaleras, lugares de servicio y puestos de trabajo, deben facilitar sus actividades y desplazamientos.

 

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Este es un preámbulo para la siguiente parte que podrás leer en nuestra próxima edición.

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